Informe técnico (Protección de la calidad del cielo)

Solicitud de emisión del informe preceptivo al que se refiere la Ley del Cielo (Ley 31/1988).

Objeto

Solicitar la emisión del informe preceptivo al que se refiere el artículo 5º de la Ley 31/1988Enlace externo de 31 de octubre, sobre Protección de la Calidad Astronómica de los Observatorios del Instituto de Astrofísica de Canarias.

Los informes del IAC son en todo caso previos y preceptivos a la puesta en funcionamiento y realización de cualquiera de las actividades incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto 243/1992Enlace externo, de 13 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 31/1988, de 31 de octubre, sobre protección de la calidad astronómica de los observatorios del Instituto de Astrofísica de Canarias. 

Unidad responsable de la tramitación

Oficina Técnica para la Protección de la Calidad del Cielo (OTPC).

Para aclarar cualquier duda relacionada con la tramitación del procedimiento, puede ponerse en contacto con la unidad responsableEnlace externo a través de los canales indicados en el portal de internet del IAC.

Más información

Para la emisión de informes técnicos de alumbrado, los proyectos o memorias técnicas deberán aportarse con visado de calidad y/o firma electrónica del redactor del mismo, validables.

Para obtener más información, acceda a la sección de la OTPCEnlace externo del portal de internet del IAC.

Información de protección de datos

  • Responsable: Informamos que los datos de carácter personal facilitados por los intervinientes en este contrato serán incluidos en los ficheros del Consorcio Instituto de Astrofísica de Canarias, responsable del tratamiento con domicilio en Calle Vía Láctea, S/N, 38205 – La Laguna (Santa Cruz de Tenerife) y teléfono 922 605 200 y fax 922 605 210.
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